REFLEXIONES SOBRE LA REFORMA DE LA LEY DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA. ¿A quién beneficia eliminar la obligación de recibir información de apoyos a la maternidad y el plazo de reflexión de tres días para abortar?

Contreras García Manuela (Matrona) y Gómez-Ulla Astray Pilar (Psicóloga)

La ley que regula la interrupción del embarazo desde el año 2010 contempla en el supuesto de hacerlo a “petición de la mujer” en las primeras 14 semanas, dos requisitos:

  1. Que se haya informado a la mujer embarazada sobre los derechos, prestaciones y ayudas públicas de apoyo a la maternidad (desde el Ministerio se elaboró un sobre con información general escrita a este respecto)
  2. Que haya transcurrido un plazo de al menos tres días, desde la información mencionada en el párrafo anterior y la realización de la intervención.

El gobierno ha planteado una reforma de dicha ley en la que, entre otras cosas, elimina el plazo de reflexión y la obligatoriedad de recibir la información arriba indicada (1). Desde nuestra experiencia profesional, nos parece que los tres días de reflexión y la información que hasta ahora la ley contempla pretenden responder a un contexto social, político y hasta neuroemocional que condiciona a la mujer y le hace vulnerable a la pérdida de autonomía o libertad para decidir. ¿A qué nos referimos?

Cuando se recibe la noticia de un embarazo inesperado no es infrecuente que aparezca de algún modo lo que se conoce como estado de shock. En este estado el cerebro funciona de un modo peculiar, respondiendo a la percepción de una gran amenaza (2-3). Se sobreactivan circuitos que tienen que ver con lo emocional, en el sistema límbico y la amígdala, mientras que la corteza prefrontal está subactivada. Así, es posible que la capacidad para pensar, integrar lo que está sucediendo y decidir se vea comprometida. Algunas mujeres nos han contado que no saben cuántos días pasaron desde que se enteraron del embarazo hasta que lo interrumpieron. O han olvidado lo que hicieron exactamente esos días. Se puede adoptar una conducta de “huida hacia adelante” y la angustia puede dificultar hablar con otras personas, o buscar apoyos, de modo que el miedo y la soledad se amplifican. Tomar la decisión en este estado no ayuda.

El estado de shock es mayor aún en algunas circunstancias. Nos referimos a estar en paro o en situación de explotación o precariedad laboral, o estar sin redes de apoyo por haber migrado, tener una pareja abusiva, sentirse amenazada o sola. No referimos a tener una hipoteca que a un joven le consume más del 50% de su sueldo (4). En definitiva, a unas circunstancias en las que vive la mayor parte de la población residente en España, y que hacen que en sectores con mayor empobrecimiento haya mayor tasa de aborto provocado (5). Conocemos casos como el de una mujer migrante empobrecida, víctima también de violencia por su pareja, que dubitativa acudió a su médico de familia a pedir información para interrumpir. Salió de la consulta, tanto del médico como de la trabajadora social, sin que nadie hubiera hecho ni un cribado de violencia de género, ni hubiera dedicado un mínimo de tiempo a explorar el contexto, que en su caso le empujó a una decisión de la que se arrepintió. Ella contó que, días después de la interrupción, abrió el sobre de ayudas a la maternidad y se echó a llorar porque no conocía aquella información.

Sabemos que los tres días de reflexión no son un milagro para rebajar el shock, y que el sobre no soluciona las causas que fuerzan la decisión de interrumpir la gestación para muchas personas (como el negocio de la explotación laboral, la vivienda o la migración forzosa). Sin embargo, la mujer puede beneficiarse de tomarse un tiempo, compartir con otras personas queridas sus preocupaciones o dudas, y sopesar una decisión que, sin duda, tiene un peso para su historia personal, su salud física y emocional. Los tres días de reflexión y el sobre de apoyos a la maternidad tienen este sentido. Por otra parte, la reforma de la ley dice que la información se debe proporcionar “sólo si la mujer lo requiere” (1). Pero ¿cómo se puede solicitar un recurso si desconoces que existe?

¿Y si no beneficia a la mujer y su pareja, a quién beneficia este cambio normativo? Hace unos dos meses que acompañamos a otra mujer tras una interrupción. Embarazada de unas 8-10 semanas de gestación se pasó por una clínica privada a pedir información porque, sin tenerlo decidido aún, contemplaba la posibilidad de interrumpir. Le ofrecieron hacerlo en ese momento (saltándose incluso el plazo legal existente actualmente). Ella respondió que sólo venía a informarse, y saliendo de la clínica pensó “¿Y por qué no hacerlo ya?”. Volvió a entrar y empezaron el proceso con un procedimiento farmacológico. La rapidez en el proceso, tomar la decisión sola y en un momento de confusión y huida hacia adelante o el no ofrecer apoyos, sin duda beneficia al negocio privado.

Estamos de acuerdo con que la reforma elaborada por el gobierno plantee trasferir a la sanidad pública las interrupciones, sin embargo no establece los mecanismos efectivos para hacerlo posible, ni tampoco medidas para inspeccionar a las clínicas privadas (tanto en la atención que prestan como en el cumplimiento de la ley) cuando no se pueda transferir.

Como dice Ana Iris Simón (6) esta reforma es “otra medida aparentemente progresista que ahonda en algunas de las líneas maestras del capitalismo líquido, como la inmediatez, la desvinculación de comunidad e individuo o la lógica del algoritmo que complace al usuario mostrándole solo aquello que quiere ver”. Esta periodista hace alusión a otras medidas impulsadas por este gobierno en las que se establecen periodos de reflexión obligatorios para ciertas decisiones que conllevan una responsabilidad, como el cambio de sexo, sin que esto pretenda ejercer un cuestionamiento de la decisión. Simón responde desde una postura de izquierda a las declaraciones de la Ministra de Igualdad, quien en la presentación de la citada reforma afirmó: “Las mujeres pueden reflexionar el tiempo que necesiten, pero el Estado no obliga y no duda de su decisión” (7)

Hay muchas mujeres que toman la decisión de interrumpir la gestación con seguridad y refuerzan tal decisión con el paso del tiempo. Incluso la espera de tres días puede en ocasiones incrementar la ansiedad que no ayuda a sentirse libre de elegir. Sin embargo creemos que, en general, ni el tiempo ni la información restan libertad. El miedo y la precariedad sí, la explotación y el precio de la vivienda también, y somos conscientes de que eso no se resuelve con tres días y un sobre. Como Ana Iris Simón, muchas mujeres feministas y de izquierda levantan la voz denunciando las dificultades de la maternidad en el contexto del capitalismo.

Como profesionales sanitarias que trabajamos con mujeres y familias, la pregunta que nos hacemos es: ¿qué debe hacer un profesional que reciba a una mujer que solicita una interrupción en las primeras 14 semanas de gestación?:

·        No juzgar a la mujer y/o pareja.

·        Explorar el contexto de la mujer de forma sensible, incluyendo su situación socioeconómica, afectiva, de pareja y las posibles presiones si las está sufriendo.

·        Explicar qué pasa en estado de shock aconsejar tomarse un tiempo para poder pensar con calma y hablar con familia y amigos. Explicar que el sentido de tomarse al menos esos tres días de reflexión es aumentar su margen de libertad.

·        Ofrecer el sobre de apoyos a la maternidad explicando su contenido e informar sobre los recursos locales sociales, económicos y hasta sindicales en algunos casos, de apoyo a la maternidad (el contenido del sobre actual es muy mejorable y tiene la misma información para todas las CCAA).

·        Ofrecer información sobre asociaciones de duelo perinatal con las que puede contactar desde el inicio (previa y posteriormente a interrumpir).Tanto las asociaciones como la familia y amigos con los que hable desde ahora podrán ser su sostén, tome la decisión que tome.

·        Darle una cita para volver a encontrarse con el profesional si quiere (tome la decisión que tome).

Según un estudio sobre determinantes contextuales del aborto provocado (8) mayores niveles de renta media nacional, mayores inversiones en salud pública, mejores condiciones socioeconómicas y laborales femeninas, disminuyen la tasa de aborto. De igual manera, la precariedad, la escasa flexibilidad para reducir o adaptar la jornada o la migración la aumentan. El aborto forzoso no es sólo la práctica del mismo sin el consentimiento de la mujer, como expone la citada reforma (1), es abortar forzada por las condiciones socioeconómicas o afectivas. Las medidas propuestas en esta reforma nada tienen que ver con reconocer estas presiones. Algunas asociaciones del tercer sector de apoyo a la maternidad afirman que el 80% de las mujeres que abortan manifiestan hacerlo por razones laborales, dato que ya en 2005 confirmaba un trabajo del CSIC: “la ocupación laboral, que en la mayoría de los casos es por cuenta ajena, es el principal factor determinante del aborto en España” (9). Desde ese año, las condiciones laborales en España no han mejorado.

Por eso, más importante aún que los tres días de reflexión y el sobre de información de apoyos a la maternidad, es trabajar tejiendo redes de apoyo y promover cambios políticos que hagan que las madres y las familias, especialmente las más empobrecidas, tengan un techo, trabajo digno y todo aquello que necesitan para cuidar a sus hijos desde el vientre materno.

(1) Ministerio de igualdad (2022, Mayo). Anteproyecto de Ley Orgánica por la que se modifica la Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo. https://www.igualdad.gob.es/servicios/participacion/audienciapublica/Paginas/anteproyecto-lo-salud-sexual-reproductiva-interrup.aspx

(2) Silvente C. (2017, Enero). En estado de Shock. Apuntes de Psicología https://cristinasilvente.wordpress.com/2017/01/18/en-estado-de-shock/

(3) Gómez-Ulla, P. y Contreras-García M. (2022). El duelo perinatal: El estado de shock. Duelo Perinatal (p.63). Ed. Síntesis

(4) Preyler C (2019, Febrero). Cuánto destinan los jóvenes a pagar su vivienda. El Mundo. https://www.elmundo.es/economia/vivienda/2019/02/01/5c534458fdddff74928b46a7.html

(5) UPV (2017, Enero). Los estudios y el origen de las mujeres, factores de riesgo en los abortos en Euskadi: Un trabajo analiza en qué medida afectan las desigualdades en las interrupciones voluntarias del embarazo. Campusa Noticias de la UPV. https://www.ehu.eus/es/-/n_20170127_abortos

(6) Simón A.I (2022, Mayo). Aborto sin reflexiónhttps://elpais.com/opinion/2022-05-21/aborto-sin-reflexion.html

(7) Borraz M (2022, Mayo). El gobierno aprueba la reforma que consolida y amplía los derechos sexuales de las mujeres. ElDiario.es. https://www.eldiario.es/sociedad/gobierno-aprueba-reforma-consolida-aborto-amplia-derechos-sexuales-mujeres_1_8998988.html

(8) Llorente-Marrón, M., Díaz-Fernández, M., y Méndez-Rodríguez, P. (2016). Determinantes contextuales del aborto inducido: un análisis panel. Rev Saude Publica, 50:8. DOI:10.1590/S1518-8787.2016050005917

(9) Nogueira Ch (2005, Febrero). El empleo es el factor que más influye en España en la decisión de abortar. El País. https://elpais.com/diario/2005/02/10/sociedad/1107990008_850215.html

Fuente: https://www.linkedin.com/pulse/reflexiones-sobre-la-reforma-de-ley-salud-sexual-y-contreras-garc%25C3%25ADa/?trackingId=mXWJkJ8dS%2FWQqtthhhDkIA%3D%3D